domingo, 21 de marzo de 2010

Reivindicación de la sotana


Curioseando por un blog "católico" de tendencias poco recomendables, he visto reproducido un magnífico artículo sobre la sotana, ese uniforme de los ministros de Dios que hoy está ya casi perdido (aunque afortunadamente se observa una cierta recuperación entre los sacerdotes jóvenes), pues con esa falsa excusa de que "el hábito no hace al monje", los monjes han dejado sus hábitos y se han terminado por olvidar hasta de su propia razón de ser. Todo con tal de que el mundo no les observe, todo con tal de pasar desapercibidos. O quizá más bien porque simplemente tienen vergüenza de ser identificados como lo que deberían ser: tesmonio vivo de Dios.

El artículo es éste:

El hábito eclesiástico es un signo de consagración para uno mismo, nos recuerda lo que somos, recuerda al mundo la existencia de Dios, hace bien a los creyentes que se alegran de ver ministros sagrados en la calle, supone una mortificación en tiempo caluroso.

El sacerdote al mirarse en el espejo o en una foto, y verse revestido de un hábito eclesiástico piensa: tú eres de Dios.

Bajo la sotana, el sacerdote viste como el común de los hombres. Pero revestido con su traje talar, su naturaleza humana queda cubierta por la consagración.

El que viste su hábito eclesiástico es como si dijera: el lote de mi heredad es el Señor.El color negro recuerda a todos que el que lo lleva ha muerto al mundo. Todas las vanidades del siglo han muerto para ese ser humano que ya sólo ha de vivir de Dios. El color blanco del alzacuellos simboliza la pureza del alma. Conociendo el simbolismo de estos dos colores es una cosa muy bella que todas las vestiduras del sacerdote, incluso las de debajo de la sotana, sean de esos dos colores: blanca camisa y alzacuellos, negro, pantalones y zapatos.El hábito eclesiástico también es signo de pobreza que nos evita pensar en las modas del mundo. Es como si dijéramos al mundo: Jesucristo es el mismo ayer, hoy y siempre.

La vestimenta propia del sacerdote es la sotana. Pero el clériman también es un signo adecuado de consagración, manifestando esa separación entre lo profano y lo sagrado. Aunque el hábito eclesiástico propio del presbítero sea por excelencia la túnica talar, el clériman es un hábitus ecclesiasticus y todo lo que aquí se dice a favor de la sotana, se puede aplicar al clériman. En caso de que estas hojas las lea un religioso, evidentemente, lo dicho aquí de la sotana valdrá para su propio hábito religioso.

domingo, 14 de marzo de 2010

El Sindicalismo en la España del siglo XXI

El Sindicalismo en la España del siglo XXI


(Jorge Garrido San Román; I Jornadas sobre Sindicalismo; Hotel Lasa de Valladolid; 6-III-2010)


Voy a dividir mi exposición en dos bloques claramente diferenciados, uno en el que haré un repaso a los orígenes del sindicalismo en general, y otro en el que plantearé la situación actual del sindicalismo en España y el futuro que se nos presenta, especialmente a los nacionalsindicalistas, en la economía del siglo XXI.



A) De los orígenes del sindicalismo a la actualidad


1.- El socialismo humanista y el primer sindicalismo


A comienzos del siglo XIX como respuesta a los problemas sociales generados por el industrialismo y el liberalismo en Europa surgen los primeros movimientos socialistas premarxistas, despectivamente denominados por Federico Engels como “utópicos”, siendo su orientación de tipo más bien humanista. Es precisamente su humanismo el elemento determinante, si bien en algunos casos hay que reconocer que existen elementos ideológicos utópicos. Sus representantes más destacados fueron Robert Owen en Inglaterra, y Henri de Saint-Simon, Charles Fourier y Étienne Cabet en Francia.


Las diferentes corrientes de ese primitivo socialismo terminaron por disolverse o integrarse la "Asociación Internacional de Trabajadores" (1864-1876) inspirada por Carlos Marx y Miguel Bakunin, si bien dejaron cierta huella en el cooperativismo, la socialdemocracia y el cristianismo social.


Es en Inglaterra donde aparecen los primeros movimientos obreros, como el ludismo conducido por Ned Ludd, “rompedores de máquinas” (1810-1811), y es en 1824, por la fuerte presión popular el parlamento británico deroga las "Combination Acts", leyes que prohibían las organizaciones obreras.


En 1829, Robert Owen, uno de los fundadores del socialismo moderno, crea las primeras cooperativas, que eran sociedades industriales de trabajadores, y ese mismo año John Doherty fundó la Gran Unión de los Hiladores y Tejedores a Destajo de Gran Bretaña y la primera central sindical de todos los oficios de la historia: la “Asociación Nacional para la Protección del Trabajo”.


En 1830 aparecen las primeras organizaciones obreras agrupando a los trabajadores según su oficio. En Inglaterra tomaron el nombre de “trade-unions” (“uniones de oficios”) o simplemente “unions”.


En Francia el sindicalismo aparece también en la década de 1830, con las primeras crisis económicas, adoptando la denominación de “syndicat” (sindicato), que quiere decir también “unión”.


En lo referente al sindicalismo cristiano, nacido a raíz del pontificado de León XIII y su doctrina social, hay que reconocer que en general tuvo una importancia desigual, pero que incluso donde sí consiguió entidad, como es el caso de la España de la primera mitad del siglo XX, su incidencia real en la sociedad fue mínima por su escasa combatividad y su posicionamiento práctico más próximo en líneas generales al corporativismo que al sindicalismo revolucionario. Sólo el Nacionalsindicalismo terminará aglutinando a los elementos más revolucionarios del sindicalismo de inspiración cristiana sin renunciar a sus principios espirituales, en tanto que los que se inclinarán a posiciones más socialistas o comunistas sólo podrán hacerlo al precio de renunciar a lo más valioso que tenían: la concepción católica de la sociedad y de su propia lucha social. Éstos terminarán en su inmensa mayoría aceptando con el tiempo la dialéctica materialista y la filosofía marxista.



2.- El marxismo partidista frente al sindicalismo revolucionario


A partir de la década de 1840, los alemanes Carlos Marx y Federico Engels se instalan en Inglaterra y darán origen a un particular pensamiento obrero, el marxismo, o socialismo científico (construido sobre la base de los tres principios del materialismo histórico, de la lucha de clases y del ánimo de represalia social y religiosa), que será seguido en buena parte del mundo con formas totalitarias y que ocasionaría a lo largo del siglo XX más de 100 millones de muertos. Si ha habido una ideología que ha generado verdadero odio y que ha batido todos los récords de asesinatos, ésa ha sido en términos absolutos –e incluso relativos– la ideología marxista, y la causa de ello radica precisamente en ser una ideología basada en el odio de clase, en la revancha, en el rencor, en la falta de caridad, en el rechazo a los valores sociales y familiares tradicionales, en definitiva: en el materialismo más inhumano y desarraigado.


Pese a sus distintas corrientes (el leninismo –el Partido como vanguardia en la alianza de obreros y campesinos–, el estalinismo –el socialismo en un solo país–, el trotskismo –la revolución permanente–, el gramscismo –la filosofía de la praxis–, el mahoísmo –la revolución cultural–, etc.), puede decirse que el motor revolucionario para los marxistas es el Partido Comunista en cuanto instrumento catalizador de la lucha de clases a favor del proletariado. El Partido para ellos lo es todo, y desde los comités (en Rusia llamados “soviets”) hasta los sindicatos, desde las asambleas de obreros hasta las agrupaciones de intelectuales, todo pasa por asumir las directrices emanadas del Partido.


En esa misma época el ruso Miguel Bakunin y el francés Pierre-Joseph Proudhon, sientan las bases del anarquismo, más sindicalista que partidista, tanto en los medios como en los fines. Aquí se aprecia una primera división transversal a todos los movimientos de tipo social revolucionario, ya sean marxistas, anarquistas o de cualquier otra ideología: la división entre los revolucionarios de partido (defensores del Partido como “vanguardia revolucionaria”) y los sindicalistas revolucionarios (el Sindicato como motor de la Revolución). Consecuentemente puede decirse que los sindicalistas que no asignan al Sindicato el papel de vanguardia revolucionaria no son sindicalistas revolucionarios, y en muchas ocasiones ni siquiera son verdaderos sindicalistas.


En la década de 1850 el movimiento sindical se extiende por Europa y se crean sindicatos en Portugal, Bélgica y Alemania y en 1864 se crea en Londres la "Asociación Internacional de Trabajadores" (AIT), “La Internacional, que en 1866 celebra su primer congreso. Ese mismo año en Inglaterra se funda el "Trades Union Congress" (TUC), primera asociación de obreros que puede recibir propiamente el nombre de sindicato, ya que las personas afiliadas a él son defendidas y representadas desde la organización. Este sindicato pervive en la actualidad con más de seis millones de afiliados.


En 1872, durante el V Congreso de la AIT se produce la escisión entre marxistas y bakuninistas, y en 1884 se reconocen los sindicatos obreros en Francia. Es en Lyon donde en 1886 se crea la “Federación Nacional de Sindicatos y grupos cooperativos” (FNS), antecedente tanto de la CGT francesa como del sindicalismo revolucionario.


En 1889 se fundó la Segunda Internacional, de orientación marxista, cuyo primer congreso se celebra en París el 14 de julio. Este congreso declara al 1º de Mayo como Día Internacional de los Trabajadores, en conmemoración de los 5 huelguistas ejecutados en mayo de 1886 en Chicago y adoptan la reivindicación de la jornada de ocho horas.


En 1895 la FNS francesa se transforma en la "Conféderation Genérale du Travail" (CGT).


En 1917 se produce la Revolución rusa, que establece el primer estado comunista de la historia, y un poderoso impacto en el movimiento obrero mundial, además de operar como elemento de agitación del comunismo internacional.


En 1919 se crea la "Organización Internacional del Trabajo" (OIT), regido en forma tripartita por gobiernos, sindicatos y empresarios.


En el siglo XX los sindicatos tendieron a dividirse internacionalmente en cuatro grandes corrientes mundiales (que finalmente se reducirán a tres):


  • Los comunistas, organizados en la "Federación Sindical Mundial" (FSM);
  • Los socialistas, organizados en la "Confederación Internacional de Organizaciones de Trabajadores Libres" (CIOSL);
  • Los cristianos, organizados en la "Confederación Mundial del Trabajo" (CMT).
  • Los anarquistas, organizados en unos casos en la organización "Solidaridad Internacional Libertaria" y en otros en la nueva "Asociación Internacional de los Trabajadores" (AIT) creada en 1923.


El 1 de noviembre de 2006 la CIOSL y la CMT se disolvieron para fusionarse junto con varias federaciones independientes en la nueva "Confederación Sindical Internacional" (CSI), fusión que en la práctica ha supuesto la desaparición definitiva del sindicalismo de orientación cristiana y su absorción por el socialista materialista y laico.



3.- El sindicalismo revolucionario y la socialdemocracia como revisiones del marxismo


En sentido estricto, el sindicalismo revolucionario es una corriente sindical histórica inspirada en Georges Sorel, Arturo Labriola, Hubert Lagardelle, etc., donde el Sindicato es la institución clave tanto para proteger a los trabajadores como para organizar la vida productiva y administrativa de la sociedad. Es decir, no sólo como instrumento defensivo de acción directa, sino también como elemento organizador de la economía. Los sindicalistas revolucionarios clásicos son esencialmente marxistas, es decir, asumen plenamente la filosofía materialista y la dialéctica del marxismo clásico, y por ello rechazan la revisión del marxismo que supone la socialdemocracia.


La Socialdemocracia es criticada por los sindicalistas revolucionarios clásicos porque asume los valores del parlamentarismo demo-liberal, esencialmente burgueses y que destruyen la conciencia de clase del proletariado. Es decir, sustituyen la lucha de clases por la lucha política parlamentaria, contaminándolo todo con sus caducos principios, lo que inhibe la acción revolucionaria obrera y sólo logra pequeñas concesiones parciales que sólo sirven para desactivarlo y evitar con ello la Revolución (que, según esta concepción, es la única forma de alcanzar la plena emancipación del proletariado).


Desde 1895 un grupo de dirigentes sindicales dirigidos por el anarquista Fernando Pelleutier y el socialista blanquista Víctor Griffuelhes, preocupados por el aislamiento en que se encontraba el movimiento sindical, comienzan a sostener la necesidad de que la organización sindical sea independiente de las corrientes ideológicas y políticas, lo que históricamente significaba mantener a los sindicatos fuera de los compromisos políticos de los socialistas y de las acciones violentas de algunos anarquistas, al mismo tiempo que abrir una tradición de convivencia pluralista en los sindicatos. Es por ello que puede considerarse al sindicalismo revolucionario como una revisión del marxismo que rompe con el principio centralista del Partido como motor revolucionario (ha de serlo el Sindicato), si bien mantiene la esencia doctrinal materialista y de lucha de clases.


La "Confederación General del Trabajo" (CGT) francesa evolucionó gradualmente hacia las posiciones sindicalistas revolucionarias, que son las que finalmente se imponen en el Congreso de Amiéns de 1906, donde se redacta la "Carta de Amiens" , documento clave y fundacional del sindicalismo revolucionario redactado por Víctor Griffuelhes, donde se establece una estricta distinción entre el Sindicato y la ideología política.


El principal teórico de sindicalismo revolucionario en Francia fue Georges Sorel (1847-1922), quien desarrolló sus ideas fundamentalmente en su conocido libro “Reflexiones sobre la violencia” (1908). A través de Sorel, el sindicalismo revolucionario influenció considerablemente a Benito Mussolini y el movimiento fascista (una de las diferencias teóricas entre el fascismo originario –y el de su última etapa en los años 1944 y 1945– y nacionalsocialismo, pues la influencia de éste es más la del socialismo clásico). No obstante, hay que aclarar que esa influencia no tuvo un reflejo directo en la práctica durante el denominado “ventenio”, en el que rigió un modelo simplemente corporativista bastante alejado de las ideas sindicalistas revolucionarias.


En un sentido más amplio, suelen denominarse también como sindicalismo revolucionario aquellas corrientes sindicalistas opuestas al parlamentarismo liberal y, en algunos casos, a la sujeción de los trabajadores y su lucha a un partido político concreto, reclamando la independencia del movimiento sindical respecto a los partidos. En este sentido hay diversas variantes de sindicalismo revolucionario en sentido amplio, desde las individualistas que priman el aspecto ideológico (caso del Anarcosindicalismo, una de las corrientes principales del anarquismo en la actualidad y que nace precisamente de la influencia que sobre éste ejerció el sindicalismo revolucionario), a las que beben de la filosofía tradicional católica (caso del Nacionalsindicalismo en España o –en menor medida– del Justicialismo en Argentina). Son ramas del sindicalismo revolucionario sólo en sentido amplio en la medida en que elevan el papel del Sindicato como vanguardia revolucionaria y como elemento vertebrador de la estructura económica que propugnan.


En cualquier caso, lo que caracteriza al sindicalismo revolucionario es la independencia partidista, es decir, la autonomía que reclama respecto al Estado en el modelo económico-social que defiende y como agente o motor de transformación social, política y económica.



4.- Influencia en España


Todos estos movimientos socialistas y sindicalistas de los que he hablado en esta primera parte de mi exposición, tuvieron un amplio eco en España, especialmente el Anarcosindicalismo en la primera mitad el siglo XX. En ninguna otra nación tuvo esa ideología tanto peso como en España, donde la Confederación Nacional del Trabajo (CNT) logró ser la fuerza más importante de ese espectro ideológico que en sentido amplio se suele denominar “la izquierda”. El comunismo siempre fue marginal y sólo asumió un papel importante durante la guerra civil y el franquismo, mientras el socialismo se iba descafeinando y se veía impotente para ser una fuerza opositora real al régimen del General Franco.


El Nacionalsindicalismo, que llega al sindicalismo revolucionario desde una filosofía tradicional católica y no desde el materialismo, en España nunca llegó a ser realmente importante, y sólo durante el régimen franquista logró tener cierta influencia a base de renunciar a sus principios revolucionarios y practicar el posibilismo. El único intento serio de hacer una Revolución Nacionalsindicalista se dio entre los años 1939 y 1941 durante la etapa en que Gerardo Salvador Merino ocupó el cargo de Delegado Nacional de Sindicatos. Su intento cobró tanta entidad que llegó a sentar las bases de una verdadera transformación socioeconómica desde los postulados nacionalsindicalistas, por lo que rápidamente tuvo que ser abortada por Franco, frustrándose con ello el que probablemente haya sido el intento más serio de implantación del Nacionalsindicalismo en España.


La Falange anterior a la guerra civil nunca tuvo una entidad importante como para plantearse seriamente la posibilidad de hacer la Revolución Nacionalsindicalista, y el sindicato falangista, la CONS (Central Obrera Nacional-Sindicalista), fue siempre muy minoritario en comparación con la UGT socialista y, sobre todo, la CNT anarquista.



B) El Sindicalismo español de hoy y de mañana


1.- El sindicalismo oficial en la España del siglo XXI y su decadencia


En la España actual sólo hay un desinterés comparable al que hay hacia los partidos políticos: el desinterés sindical. El porcentaje de afiliación a los sindicatos es tan bajo que llega al ridículo, y eso se debe principalmente al desprestigio que tienen los sindicatos oficiales, UGT y CCOO principalmente, anclados en una forma de hacer “sindicalismo” más bien propia del siglo XIX, y eso sólo en el mejor de los casos. En otros, y esto es lo más frecuente, los sindicalistas oficiales parecen sufrir más por sus subvenciones, por sus sueldos de liberados y sus horas sindicales, por su burocracia funcionarizada, que por los problemas de los trabajadores a los que representan y debieran defender. Y es que, aunque siempre haya algunos sindicalistas de verdad que se preocupan sinceramente de los problemas de los trabajadores, el panorama general que ofrecen esos “sindicatos oficiales” es ciertamente desolador, especialmente desde que la caída del muro de Berlín y del socialismo de Estado les dejara desnudos ideológicamente.


Es por ello que los trabajadores españoles sienten desapego y hasta verdadero rechazo por estos “sindicatos” que dependen de las subvenciones oficiales para subsistir, que muchas veces se preocupan más por causas ajenas al mundo laboral e incluso mantienen o justifican actitudes separatistas en determinadas regiones españolas, que se financian de forma irregular con las concesiones que les hacen las patronales en las negociaciones de expedientes de crisis, despidos colectivos, convenios, cursos de formación fantasmas y hasta la administración de pensiones con los distintos gobiernos; unos “sindicatos” que son capaces de dar su apoyo decidido al Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero tras la última reforma laboral de 2006 que restringió aún más los derechos sociales de los trabajadores (¡¡y eso por no hablar de la próxima reforma laboral que ya están ultimando con el Gobierno!!), los mismos “sindicatos” que convocan huelgas por mucho menos si los intereses políticos así se lo aconsejan, o que negocian con el Gobierno enormes cantidades de dinero e inmuebles en concepto de devolución de “patrimonio sindical histórico” cuya justificación es en gran parte de los casos es insostenible (unas veces porque ese sindicato no existía antes de 1936 y poco se le pudo expropiar pues, otras porque se devuelve lo que nunca se tuvo con la finalidad de ayudar a compensar a los miles de trabajadores que fueron estafados con la cooperativa “PSV”…).


Cuando a finales de los años 70 del pasado siglo se diseñó el actual modelo sindical, que culminó con la aprobación de la Ley Orgánica de Libertad Sindical de 1985, pocos sindicatos apostaban por un modelo de sindicalismo unitario. La mayoría, con UGT a la cabeza, aunque sin el apoyo de CCOO –todo hay que decirlo–, apostaron por un sindicalismo fragmentado con la excusa de la “pluralidad sindical”. Es decir, que preferían dividir a los trabajadores y afrontar competiciones electorales siguiendo el modelo de los partidos políticos (lo que nos hace recordar la crítica a la Socialdemocracia parlamentarista que hacía el sindicalismo revolucionario clásico). Nada impedía que la pluralidad sindical se manifestara dentro de una estructura representativa unitaria, pero no, ellos prefirieron que el movimiento sindical siguiera por otros derroteros menos representativos y que restaran fuerza a los trabajadores asumiendo los principios burgueses demo-liberales. Había demasiadas subvenciones y “devoluciones” (asignaciones más bien) patrimoniales en juego que ese momento interesaban mucho más. Y para empezar, lo primero que hicieron los grandes “sindicatos oficiales” fue permitir la estafa a millones de trabajadores de los 50.000 millones de pesetas que constituían los fondos de las Mutualidades Laborales en tiempos del Gobierno de la UCD, callándose a cambio de todos sabemos qué… Aún hoy se siguen “devolviendo” locales que nunca fueron suyos o que se construyeron décadas después. Es de destacar cómo son capaces de incluso de declararse herederos del viejo Sindicato Vertical para justificar esas “devoluciones”, como es el caso –verdaderamente sorprendente e insólito– de CCOO.


Los actuales sindicatos clasistas sólo sirven para maquillar los fallos en materia social del sistema económico capitalista, y es que en cierta medida resulta lógica y coherente la crítica que los liberales hacen a estos sindicatos: que distorsionan las leyes del mercado libre. José Antonio Primo de Rivera lo diría de otra manera: sin pretender alterar las bases del sistema capitalista, sin ser ni pretender ser una alternativa a este injusto sistema económico, estos falsos sindicatos se dedican a “echarle arena en los cojinetes”.


El panorama sindical “oficial” es tan lamentable en España que no es de extrañar el escaso interés de los trabajadores por sindicarse. Por eso es hoy tan necesario dar carpetazo a ese falso sindicalismo decadente, aburguesado, funcionarizado y desfasado, a esa auténtica estafa a los trabajadores españoles y por eso es preciso construir un nuevo sindicalismo nacional.



2.- El Sindicalismo revolucionario como alternativa de futuro


El Sindicalismo, aunque la situación actual sea la de la anestesia general, tiene un gran futuro, pero sólo si es capaz de redescubrirse como ideología revolucionaria –realmente inédita en la praxis– y de ofrecer una alternativa real y completa al Sistema capitalista. Y para ello quisiera parafrasear –generosamente, lo reconozco– al sindicalista revolucionario francés Hubert Lagardelle para recordar que el sindicalismo se opone al corporativismo por su espíritu revolucionario, al socialismo por dar más importancia a los trabajadores que al Estado, y al anarquismo por rechazar su individualismo (el anarco-comunismo es una cuestión aparte) y la preeminencia de la idea sobre la praxis.


El Sindicalismo, si queremos ser precisos, no es propiamente una ideología, sino una idea conjugada con la acción (algo similar a la “filosofía de la praxis” de Antonio Gramsci, pero como es obvio, no necesariamente vinculada a su filosofía materialista y clasista marxista). Y como idea es compatible con ideologías diversas, lo que explica que haya sindicalistas –en el sentido ideológico del término– de tendencias políticas y filosóficas tan dispares como los casos del Anarcosindicalismo y del Nacionalsindicalismo. Difícilmente se atrevería uno a negar su condición de sindicalista al otro, y sin embargo en casi todo lo demás están en las antípodas. Esta es la razón por la cual nunca fructificaron ni podían fructificar las negociaciones que históricamente tuvieron Falange Española de las JONS, la Confederación Nacional del Trabajo y el Partido Sindicalista de Ángel Pestaña.


En cualquier caso, yo estoy absolutamente convencido de que el siglo XXI será en España el siglo del Nacionalsindicalismo, y para ello su primera tarea debe ser la de desenmascarar a esos falsos sindicatos oficiales vendidos al capitalismo e incapaces de aceptar otro papel que no sea el de intentar armonizar el capital con el trabajo. Quién diría hace un siglo que iban a terminar así… Hoy en España sólo el Nacionalsindicalismo representa el verdadero sindicalismo revolucionario, y nadie más ofrece alternativas de ningún tipo, al menos que sean dignas de tal nombre.


3.- Construyendo un nuevo sindicalismo: necesidad de una teoría revolucionaria


Pero junto a esa tarea de desenmascaramiento del falso sindicalismo, se imponen otras dos de vital importancia: la construcción teórica de un sistema económico alternativo nacionalsindicalista y la labor política y sindical revolucionaria que haga posible su implantación. Y esto en la economía del siglo XXI no sólo es posible, sino absolutamente necesario. La crisis del sistema capitalista se agudiza por momentos fruto de sus propias contradicciones, y es por ello por lo que el sindicalismo revolucionario reivindica el papel del Sindicato unitario como agente económico de primer nivel y como centro del modelo de propiedad productiva; como organismo oficial del Estado pero autónomo de él, porque no se trata de que el Sindicato sea estatal, sino de que el Estado sea sindical, que no es lo mismo.


Pues bien, esta transformación económica que presupone una alteración del modelo de propiedad de los medios de producción según la naturaleza finalista de los bienes (privada la de los bienes de consumo, familiar la que exceda la finalidad puramente individual, sindical o comunal la que cumpla fines de carácter social, y estatal la que sea de interés nacional) es cada vez más necesaria. No es una utopía, sino una auténtica necesidad en la economía del siglo XXI, cuando la crisis del capitalismo se agudiza y se anuncia el próximo fin de lo que hasta ahora se ha llamado “el Estado del bienestar”. Es por ello que el capitalismo amenaza con volver a los postulados más liberales y aparece ante nuestros ojos un nuevo proceso de proletarización: menos derechos sociales y laborales, menos salarios, menos estabilidad laboral, menos protección social, menos pensiones, etc. Los mileuristas de hoy son los nuevos proletarios del siglo XXI.


Hace falta, pues, recuperar el espíritu revolucionario del sindicalismo y proponer alternativas reales al sistema económico capitalista. Eso requiere de una organización política que tenga claros los planteamientos ideológicos y que se proponga seriamente hacerlos realidad, pero el Partido yo entiendo que sólo debe ser uno más de los instrumentos –en este caso el político, con la importancia que tiene, pero no más– de los que se sirva el Movimiento Nacionalsindicalista para hacer la Revolución. Y el verdadero motor de ese Movimiento ha de ser el Sindicato. No puede ser de otra manera para que el Nacionalsindicalismo permanezca fiel a la esencia del sindicalismo revolucionario: el Partido en cuanto instrumento debe ser el portavoz político del Movimiento en sentido amplio, debe ser el que facilite legislativamente la labor revolucionaria y debe, en definitiva, llevar a los órganos políticos de la Patria la voz del Movimiento. El Partido, que en realidad es algo artificial impuesto por las circunstancias, ha de estar subordinado al Movimiento y sus fines, y el motor del Movimiento ha de ser realmente el Sindicato, no el Partido. Por eso la Falange en cuanto Movimiento es más bien –según la propia definición de su fundador, José Antonio Primo de Rivera–, “un antipartido”, y por eso para él en el Estado futuro habría de ser el Sindicato la base sobre el que se asentara todo el sistema económico y político, siendo el eje de todo ello el hombre en cuanto Persona. El Sindicato como base y motor de la Revolución Nacionalsindicalista: esa es la clave hasta ahora tan escasamente explorada. Esa es la clave del futuro.


Uno de los muchos problemas endémicos del Nacionalsindicalismo ha sido y es la falta de una teoría revolucionaria, y creo que es precisamente por ello por lo que históricamente nuestra actividad política y sindical ha sido en gran medida estéril.


4.- El papel futuro de UNT en España


Para los nacionalsindicalistas es fundamental defender esa nueva forma de hacer sindicalismo, y por ello existe la Unión Nacional de Trabajadores. La UNT es un sindicato que defiende, desde una posición ideológica nacionalsindicalista, y por ello no clasista ni meramente materialista, la Libertad, la Dignidad y la Integridad del trabajador en cuanto Persona, con la permanente referencia del Bien, la Verdad y la Justicia, especialmente de la Justicia Social. Su filosofía no es ni colectivista ni individualista, sino que enlaza con el personalismo cristiano que valora al hombre en cuanto Persona, es decir, no sólo en su particularidad, sino en su relación con la sociedad, con los demás y con Dios. Esa antropología no tiene nada de revolucionaria, por supuesto, pues sólo hay que ser revolucionario con las cosas injustas. El elemento revolucionario lo incorpora a su visión sindicalista: el Sindicato como instrumento de transformación socioeconómica. En esto es en lo que hay que ser revolucionario.


Por ello, desde una perspectiva humanista social y trascendente, UNT denuncia la incompatibilidad del sistema económico capitalista con la plena garantía de esos valores, defendiendo la necesidad de garantizar la integridad y grandeza de España como nación política y económicamente soberana, así como un sano patriotismo que también sea garantía de defensa de los trabajadores frente a la mundialización económica que los somete a intereses ajenos. Por eso UNT denunciará siempre el falso patriotismo de quienes utilizan como coartada la Patria y las amenazas que se ciernen sobre ella para no abordar el problema de la injusticia social. El patriotismo que no sea al mismo tiempo social es una estafa para los españoles en general y para los trabajadores en particular que debe ser desenmascarada y denunciada.


El Nacionalsindicalismo en España sólo tendrá futuro si es capaz de asumir ese papel revolucionario: denunciar los falsos “sindicatos” del Sistema y su papel anestesiante de los trabajadores, luchar por la Justicia Social, servir de instrumento para la transformación socioeconómica, y servir de alternativa real y completa al decadente sistema económico capitalista asumiendo el Sindicato su propio papel y su propia responsabilidad como tal.


Este es el camino y este es el futuro.


viernes, 12 de marzo de 2010

¿Por qué FE-JONS se ha querellado contra Garzón? Resumen de la conferencia de prensa del 5-III-10.

(Hotel TRYP-Gran Vía de Madrid; 5-III-2010)

Jorge Garrido San Román, Vicesecretario General de Falange Española de las JONS (FE-JONS)

A) Falsedades difundidas sobre nuestra querella:

1.- Que la querella es por investigar los crímenes del franquismo. Esta es la razón que se da una y otra vez en los titulares de prensa, en lo que no es sino una simplificación absoluta que distorsiona la realidad, y que es lo que finalmente está quedando en la conciencia de la opinión pública, cuando las razones reales no son esas, sino la forma en que el Juez Garzón investigó ese asunto y cómo pretendió perseguir penalmente a los dirigentes de Falange Española por unos supuestos crímenes que ni se concretaban ni se podían achacar a ningún dirigente falangista en concreto.

2.- Que el motivo es que el Juez Garzón admitió denuncias de víctimas del franquismo. Esta es la estupidez que hizo pública el sindicato CCOO el 14 de enero de 2010 en su comunicado de apoyo al señor Garzón tras conocerse la admisión de nuestra querella. No se trata de que el Juez Garzón quisiera investigar crímenes, sino de si era legalmente competente para ello y de si dicha investigación iba a abarcar a todos los crímenes y criminales o sólo a los de uno de los bandos, precisamente aquél con el que el señor Garzón no se siente identificado. Y aún vamos más allá por lo que a nosotros atañe: ¿se trataba de criminalizar únicamente a Falange Española o se iba a tratar a todos los partidos que participaron en la guerra civil exactamente de la misma manera? ¿Iba a investigar el señor Garzón los crímenes cometidos por los dirigentes del PSOE –partido por el cual el señor Garzón fue elegido Diputado en los años 90– o del PCE de la época? Algunos de ellos, por cierto, aún vivos, como es el caso del presunto responsable de los genocidios de Paracuellos del Jarama, Torrejón de Ardoz y Aravaca, Santiago Carrillo. ¿Por qué aplicó el señor Garzón criterios distintos a los dirigentes del PSOE y del PCE de los que aplicó a los de Falange Española?

3.- Es una venganza de jueces franquistas (o incluso fascistas). Se trata de un argumento completamente absurdo y que pretende esconder las razones jurídicas detrás de un supuesto enfrentamiento entre el franquismo (o el fascismo incluso, a decir de algunos) y la democracia y la libertad que no existe más que en la imaginación calenturienta de algunos fanáticos seguidores del señor Garzón. Se ha llegado a decir incluso que los Magistrados del Tribunal Supremo son cómplices del fascismo porque todos ellos juraron lo principios del Movimiento Nacional (así Vicenç Navarro en el diario "Público" el 18 de febrero de 2010).

Desde luego que el argumento demuestra una escasa capacidad intelectual, por muy catedrático que pueda ser el autor de tal exabrupto, pero es que además la realidad es que desde ningún punto de vista, por muy sectario que uno sea, puede considerarse que destacados miembros socialistas o cercanos al socialismo, miembros incluso del colectivo "Jueces para la Democracia", como los casos de Margarita Robles o Luciano Varela, puedan ser si quiera remotamente franquistas o "cómplices del fascismo". Decir eso es simplemente una estupidez que se descalifica por sí misma. ¿Es que todos los funcionarios que ganaron su plaza antes de 1978 son franquistas o cómplices del fascismo? ¿Lo son todos los españoles que hicieron su servicio militar e hicieron el correspondiente juramento antes de dicha fecha? ¿Cómo puede una persona seria decir una estupidez como esa?

4.- Es un ataque contra la democracia y la libertad. Esta argumentación es absolutamente falsa. No se trata de politizar el asunto o de presentarlo como una confrontación entre nada. Simplemente se trata de dilucidar si el Juez Garzón prevaricó o no, y adornar la cuestión de fondo con estas historias sólo puede obedecer a una razón: desviar la atención del fondo del asunto y confundir a la opinión pública. Aquí nadie está hablando de otra cosa que no sea ésta: la forma de actuar del señor Garzón en este asunto, ¿fue correcta o incurrió en un delito de prevaricación? Si fue correcta el señor Garzón será absuelto, pero para saber si eso fue así o no, dados los evidentes indicios de prevaricación, lo que corresponde es que la Justicia actúe libremente y sin presiones. Esa es la única cuestión relevante y la única que debe importar a quien pretenda estudiar el asunto de forma honesta.

5.- Falange Española de las JONS no está legitimada para denunciar nada y hacerlo sería como si los nazis denunciaran a los jueces que quisieran investigar sus crímenes. Esta barbaridad ha sido proferida por diversas personas y medios de comunicación, siendo el primero en esgrimirla públicamente el abogado del señor Garzón, Gonzalo Martínez Fresneda el 13 de enero de 2010. A este respecto hay que decir varias cosas:

a) No procede comparar a Falange Española de las JONS con ningún partido nazi. Ni la ideología falangista es comparable a la nazi, ni la Falange actuó jamás de forma similar a como lo hizo dicho partido alemán. La comparación es a todas luces improcedente y ofende al sentido común, además de ignorar –como hace el propio señor Garzón en su primer Auto referente a este asunto– que Falange Española de las JONS desapareció legalmente el 19 de abril de 1937 mediante un Decreto que creó una nueva organización obligatoria y única al mando del General Franco (FET y de las JONS o Movimiento Nacional) que ya nada tenía que ver con FE-JONS. Es más, el propio Jefe Nacional de FE-JONS fue encarcelado y condenado a muerte por oponerse a dicho Decreto e intentar mantener la Falange de forma independiente y autónoma. Todo ello parece desconocerlo el señor Garzón de forma clamorosa, y pese a su ignorancia sobre la materia, se permite el lujo de pretender imputar responsabilidades a los dirigentes de Falange Española. ¿A qué Falange Española, a FE-JONS o al Movimiento Nacional? ¿Pretende el señor Garzón hacer pasar por falangistas a todos los que formaban parte del bando nacional? Falangistas en esos años había muy pocos, señor Garzón, muy pocos. ¡¡¡Y Vd. pretende hacernos creer que había falangistas por todas partes!!!

b) Diferencias ideológicas aparte, no hay dudas acerca de la existencia histórica de los crímenes nazis, mientras que los dirigentes falangistas jamás planearon crímenes e incluso llamaron a frenar los que hicieran otros. Los crímenes nazis están acreditados y se conocía a los responsables, lo que permitió su persecución. Ahora bien, ¿qué crímenes concretos pretende perseguir el señor Garzón que sean responsabilidad de algún dirigente falangista concreto? Es más, para imputar no a personas, sino a organizaciones, se requiere que la propia organización tuviera fines delictivos. ¿Pretende el señor Garzón decir que FE-JONS tenía entre sus fines el matar personas? Tal cosa no sólo es descabellada y falsa, sino que puede demostrarse justamente lo contrario, como es el caso del llamamiento que hizo el Jefe Nacional de la Falange en 1937 desde Radio Salamanca para mandar a los falangistas que fueran garantía de que a nadie se persiguiera para venganzas o matanzas de ningún tipo.

c) Tal afirmación supone partir del principio de culpabilidad en vez del de inocencia. Y esto es importante reseñarlo: no se analizan crímenes y se siguen actuaciones contra personas acusadas de ellos, sino que el señor Garzón parte del principio contrario, es decir, que los dirigentes de Falange Española eran culpables de crímenes que luego habrá que ir catalogando y concretando. O sea, que parte de una presunción de culpabilidad. La imputación de delitos exige la concreción de los hechos y la individualización de la responsabilidad, incluso aunque la misma sea compartida por varias personas. Nada de eso tiene lugar en las actuaciones del señor Garzón.

d) Se parte de la criminalización de un partido político en cuanto tal. Pues bien, a lo anterior hay que añadir que dicha presunción de culpabilidad de la que parte el señor Garzón ¡¡¡es colectiva!!! Todos los dirigentes de Falange Española eran presuntos culpables para el señor Garzón. ¿Cómo puede un Juez de la Audiencia Nacional decir semejante barbaridad en un Auto? ¿No hay en tal actitud una evidente actuación motivada por razones estrictamente políticas?

6.- Es una querella política que obedece sólo a oportunismo político. Este argumento se olvida del contenido del Auto del juez Garzón, de fecha 16 de octubre de 2008, en que hace imputaciones genéricas pero específicamente referidas a "los dirigentes de Falange Española hasta 1951". Es el señor Garzón quien nos apunta directamente a nosotros como organización criminal y es él quien recaba al Ministerio del Interior la información necesaria para identificar a dichos dirigentes falangistas, y ello sin hacer referencia a ninguna persona o crimen concreto, algo absolutamente inadmisible en Derecho.

7.- El Juez Garzón ha podido hacer mal la instrucción o equivocarse, pero eso no es prevaricar. La prevaricación es un delito que consiste en que una autoridad, juez u otro funcionario público dicte una resolución arbitraria en un asunto administrativo o judicial, a sabiendas que dicha resolución es injusta. Dicha actuación, dado que ha de tener lugar en el ejercicio de su cargo, es una manifestación de un abuso de autoridad y requiere dolo por parte del prevaricador. Por eso precisamente está sancionada por el Derecho penal, que busca la protección tanto del ciudadano como de la propia Administración.

De lo anteriormente dicho y de lo que luego vamos a decir, ¿se desprende que hay indicios razonables de que el Juez Garzón pudo prevaricar? Para ello bastará con responder a preguntas como si trató por igual los casos de crímenes de ambos bandos y de todos los partidos, si conocía o no que era incompetente para hacer esa investigación, etc. En nuestra opinión es indudable que sí se ha cometido el delito de prevaricación y es por ello que hemos recabado el auxilio de la Justicia a fin de que sea ella la que se manifieste al respecto conforme a nuestra legislación penal.
No hablamos, pues, de instruir mejor o peor un sumario, sino de si se adoptaron o no resoluciones injustas a sabiendas, y eso no tiene nada que ver con una equivocación humana.

8.- Que FE-JONS se ha aprovechado del trabajo jurídico del "ultraderechista" sindicato de funcionarios "Manos Limpias". Para empezar, desconocemos si tal sindicato es ultraderechista o no. FE-JONS no es ultraderechista, sino una organización legal y de carácter nacionalsindicalista, y además queremos dejar muy claro que no tenemos absolutamente ninguna relación ni política ni sindical con dicho sindicato. Por lo tanto, ya sea para descalificarles a ellos o a nosotros, la acusación está fuera de lugar. Es más, y si ese sindicato fuera de dicha ideología, ¿qué? ¿Tener una ideología supone que se tengan menos derechos en el acceso a los Tribunales de Justicia? En un verdadero Estado de Derecho tal cosa es inadmisible.

Respecto a si nos hemos aprovechado del trabajo previo de "Manos Limpias", hemos de aclarar que fue precisamente FE-JONS la primera en actuar jurídicamente, si bien es cierto que preferimos esperar y ser prudentes en lo referente a la querella para ver si se aceptaba la que posteriormente presentó dicho sindicato. La politización de la Justicia en España es más que evidente para cualquiera, y de haber presentado nosotros primero la querella podría haber sucedido que no fuera aceptada. Por eso preferimos no interferir el trabajo de "Manos Limpias" y actuar ante el Tribunal Supremo sólo cuando nuestras actuaciones ya no pudieran perjudicarles.

También hay que tener en cuenta que la personación de FE-JONS en este proceso permite ofrecer diversas líneas y argumentaciones jurídicas que "Manos Limpias" no seguiría. Lo más importante en este aspecto es el de la limpieza del honor y el buen nombre de Falange Española de las JONS, pero no sólo eso. El que existan dos acusaciones separadas permite incluir enfoques jurídicos diversos, como es el caso de la importancia que deba darse a los Tratados Internacionales respecto a la Ley de Amnistía de 1977, tal y como veremos más adelante.

Pero, en cualquier caso, urge aclarar que la primera actuación procesal referente a las actuaciones del señor Garzón objeto de nuestra querella, se remonta al 27 de octubre de 2008, mucho antes de que "Manos Limpias" comenzara procedimiento alguno. Pues bien, en tal fecha el Jefe Nacional de FE-JONS, Diego Márquez Horrillo, se personó en la Audiencia Nacional y presentó un escrito al Juez Baltasar Garzón pidiendo la subsanación de determinados aspectos del Auto del citado Juez de fecha 16 de octubre de 2008. Diego Márquez alegaba para ello no sólo su condición de Jefe Nacional de FE-JONS, lo que le obligaba a personarse para lavar el buen nombre de dicha organización, sino también su condición de posible afectado directo por dicho Auto, ya que en las fechas señaladas en el Auto él mismo era uno de los dirigentes de lo que inexactamente se denominaba como "Falange Española" en dicha resolución judicial.

Pues bien, a fecha de hoy ni el señor Garzón se ha dignado en recibir a Diego Márquez, ni tan siquiera a responder el mencionado escrito. ¿No estaba acaso obligado el Juez Garzón a responder al escrito presentado, aunque fuera sólo para rechazarlo? ¿No atenta ese desprecio a principios como el de la garantía de la tutela judicial efectiva o la interdicción de la arbitrariedad? ¿En base a qué criterio se ignora olímpicamente este escrito de personación? ¿No es acaso una denegación de la Justicia?

B) Argumentaciones jurídicas: el Juez Luciano Varela ha sido muy claro en su Auto de fecha 3 de febrero de 2010.

1.- Sobre si existió o no prevaricación por parte del Juez Garzón. Además de los datos ya mencionados, conviene recordar hechos como el de que una vez iniciadas las Diligencias Preliminares en diciembre de 2006, el Juez Garzón bloqueó la misma hasta octubre de 2008, sin iniciar ningún tipo de actuación procesal en todo ese tiempo.

El Magistrado Luciano Varela es claro en su Auto del 3 de febrero de 2010:

a) La incoación de Diligencias previas, a consecuencia de las iniciales denuncias, no estaba justificada. No era el Juez competente.

b) Desconsideración del informe del Ministerio Fiscal que le advertía de sus errores procesales en el caso.

c) Realización de una desmedida investigación que presupone ya la asunción de competencia.
d) La decisión de 16 de octubre de 2008, por la que se asume la competencia, aunque no sólo ni fundamentalmente por eso, es contraria a Derecho.

2.- La competencia del Juez Garzón. Las exhumaciones que el Juez Garzón pretendía no eran de su competencia, sino de los Juzgados de Instrucción territoriales, algo de lo que fue advertido en reiteradas ocasiones por el ministerio Fiscal y a lo que hizo repetidas veces oídos sordos.

3.- Importancia de los Tratados Internacionales e irretroactividad de la ley penal desfavorable. El Presidente de "Manos Limpias", Miguel Bernard, ha defendido públicamente que la validez de la Ley de Amnistía de 1977 está por encima de los Tratados Internacionales suscritos por España y que suponen la perseguibilidad de los delitos de lesa humanidad. Yo entiendo que tal criterio no es acertado, pues los Tratados Internacionales son jurídicamente de mayor rango que las leyes nacionales, y ello por propia concesión de la legislación española. La soberanía incluye aceptar ese rango superior, pues la soberanía se manifiesta en su concesión y en su eventual revocación, si bien mientras no se revoque la firma de un Tratado Internacional éste será de aplicación preferente.

El dato relevante no es por tanto el del rango jurídico de los Tratados Internacionales, sino el principio de irretroactividad de la ley penal desfavorable, que sí es aplicable en este caso: no pueden castigarse delitos que han prescrito en base a una nueva calificación jurídica que no existía en el momento de la presunta comisión de los hechos delictivos.

Por ello, siguiendo el Auto del Magistrado Luciano Varela:

a) La consideración del contexto como delito de lesa humanidad no autoriza a reavivar una responsabilidad penal ya extinguida por prescripción y por amnistía.

b) Es manifiestamente irrazonable ignorar la prescripción de los delitos de "detención ilegal sin dar razón del paradero de la víctima".

c) Es manifiestamente contrario a Derecho no excluir la relevancia penal de los hechos denunciados por la Amnistía establecida en la ley 46/1977, de 15 de octubre.

d) La protección de las víctimas constituye un eventual objeto acumulado del proceso penal, pero solamente en la medida que antes exista el objeto penal que justifique su inicio.

e) La resolución de 18 de noviembre de 2008 no justifica las decisiones que adopta, ni la adopción de éstas justifica que se dictara aquella resolución.

C) Conclusión: FE-JONS sólo pretende restituir su honorabilidad y que se aclare si la actuación del Juez Baltasar Garzón es o no punible. Nada más.