Durante el pontificado de Francisco apenas he hablado de la evolución de la situación de la Hermandad (o Fraternidad, o Sociedad, según los países) Sacerdotal de San Pío X (HSSPX/FSSPX/SSPX).
En este enlace se puede ver todo lo que he escrito relacionado directa o indirectamente con la HSSPX desde que abrí el blog, y ahora que estamos apenas estrenando el nuevo pontificado de León XIV y que se ha generado cierta polémica con el Jubileo en Roma (al introducirse la peregrinación de la HSSPX en el programa oficial por primera vez en su historia, lo que no sucedió ni en 1975 ni en 2000 -cuando también se permitió su peregrinación, pero fuera del programa oficial-), creo oportuno hacer un resumen de la evolución de los acontecimientos entre 2013 y 2025.
Durante muchos años, y de forma más intensa durante el pontificado de Benedicto XVI y los primeros años del pontificado de Francisco, la HSSPX y Roma mantuvieron abiertas las discusiones para su regularización canónica y la aclaración de los problemas doctrinales que les separaban. En 2016 las posturas se acercaron mucho, pero a pesar de todo, la HSSPX no podía aceptar los términos de la Profesión de Fe exigida por Roma, que fueron estos:
a) Prometemos ser siempre fieles a la Iglesia católica y al Romano Pontífice, su Supremo Pastor, Vicario de Cristo, Sucesor del Beato Pedro en su primado como cabeza del cuerpo episcopal.
b) Declaramos nuestra aceptación de la doctrina contenida en el §25 de la Constitución dogmática Lumen Gentium del Concilio Vaticano II sobre el magisterio eclesiástico y la adhesión que al mismo se debe.
c) Respecto a ciertos puntos enseñados por el Concilio Vaticano II o relativos a reformas posteriores de la liturgia y del derecho, y que no nos parecen fácilmente conciliables con la Tradición, nos comprometemos a tener una actitud positiva de estudio y comunicación con la Sede Apostólica, evitando toda polémica.
d) Además, declaramos que reconocemos la validez del Sacrificio de la Misa y de los Sacramentos celebrados según los ritos promulgados por los Papas Pablo VI y Juan Pablo II.
e) Finalmente, nos comprometemos a respetar la disciplina común de la Iglesia y las leyes eclesiásticas, especialmente las contenidas en el Código de Derecho Canónico promulgado por el Papa Juan Pablo II, sin perjuicio de la disciplina especial concedida a la Congregación por el derecho particular.
El problema con el texto anterior fueron los puntos (c) y (d) que la HSSPX consideraba demasiado vagos.
Si bien la HSSPX en principio reconoce la validez del Novus Ordo celebrado según la edición típica, oficial, su argumento siempre ha sido que las rúbricas del Novus Ordo son tan vagas y contienen tantas excepciones y lagunas, que ello invita a la innovación. El problema es que tales innovaciones regularmente resultan en desviaciones de la forma y la materia que no asegurarían la validez del sacramento, ergo, la HSSPX no puede dar una aceptación total, como se indica en la formulación original. Por ello insistió primero en aclarar lo siguiente: "con la intención de hacer lo que hace la Iglesia" y "según los ritos indicados en las ediciones típicas del Misal Romano y los Rituales de los Sacramentos promulgados por los Papas Pablo VI y Juan Pablo II". Esa formulación refleja perfectamente la posición de la HSSPX: que los Sacramentos del Novus Ordo administrados con la intención correcta y de acuerdo con la forma y materia del Misal y Sacramentario, tal como se presenta oficialmente, sin innovaciones, son válidos.
En respuesta, la HSSPX ofreció un texto alternativo de Profesión, cuyo texto fue el siguiente:
Prometemos ser siempre fieles a la Iglesia católica y al Romano Pontífice, Pastor Supremo, Vicario de Cristo, Sucesor de Pedro y Jefe del cuerpo de los obispos.
Declaramos que aceptamos las enseñanzas del Magisterio de la Iglesia en la sustancia de la Fe y la Moral, adhiriéndonos a cada afirmación doctrinal en el grado requerido, según la doctrina contenida en el número 25 de la constitución dogmática Lumen Gentium del Concilio Vaticano II.
Declaramos que aceptamos la doctrina sobre el Romano Pontífice y sobre el colegio episcopal, con el Papa a la cabeza, que enseña la constitución dogmática Pastor Aeternus del Vaticano I y la Constitución Dogmática Lumen Gentium del Vaticano II, capítulo 3 (de constitutione hierarchica Ecclesiae et in specie de episcopatu), explicado e interpretado por la nota explicativa previa de este mismo capítulo.
Reconocemos la autoridad del Magisterio, al que es el único encargado de interpretar auténticamente la palabra de Dios, escrita o transmitida fielmente a la Tradición, recordando que "el Espíritu Santo no fue prometido a los sucesores de Pedro para que den a conocer, mediante la revelación, una nueva doctrina, sino para que con su ayuda guarden de manera santa y expresamente fiel la revelación transmitida por los Apóstoles, es decir, el Depósito de la Fe".
La Tradición es transmisión viva de la revelación "usque as nos" y la Iglesia en su doctrina, en su vida y en su liturgia perpetúa y transmite a todas las generaciones lo que ésta es y lo que cree. La Tradición avanza en la Iglesia con la ayuda del Espíritu Santo, no como una novedad contraria, sino mediante una mejor comprensión del Depósito de la Fe.
Toda la tradición de la fe católica debe ser criterio y guía para comprender las enseñanzas del Concilio Vaticano II, que, a su vez, ilumina -es decir, profundiza y posteriormente explicita- ciertos aspectos de la vida y de la doctrina de la Iglesia. implícitamente presente dentro de sí mismo o aún no formulado conceptualmente.
Las afirmaciones del Concilio Vaticano II y del posterior Magisterio Pontificio relativas a las relaciones entre la Iglesia y las confesiones cristianas no católicas, así como al deber social de la religión y al derecho a la libertad religiosa, cuyas formulaciones son difícilmente conciliables con afirmaciones doctrinales anteriores del Magisterio, deben entenderse a la luz de toda la Tradición ininterrumpida, de manera coherente con las verdades previamente enseñadas por el Magisterio de la Iglesia, sin aceptar interpretación alguna de estas afirmaciones que exponga a los católicos una doctrina en oposición o ruptura con la Tradición y con este Magisterio.
Por eso es legítimo promover mediante la discusión legítima el estudio y las explicaciones teológicas de las expresiones y formulaciones del Vaticano II y del Magisterio que le siguió, en el caso de que no parezcan conciliables con el Magisterio anterior de la Iglesia.
Declaramos que reconocemos la validez del sacrificio de la Misa y de los Sacramentos celebrados con la intención de hacer lo que la Iglesia hace según los ritos indicados en las ediciones típicas del Misal Romano y de los Rituales Sacramentales legítimamente promulgados por los Papas Pablo VI y Juan Pablo II.
Siguiendo las directrices expuestas anteriormente (III,5), así como el canon 21 del Código de Derecho Canónico, nos comprometemos a respetar la disciplina común de la Iglesia y las leyes eclesiásticas, especialmente las contenidas en el Código. de Derecho Canónico promulgado por Juan Pablo II (1983) y en el Código de Derecho Canónico de las Iglesias Orientales promulgado por el mismo pontífice (1990), sin perjuicio de la disciplina de la Fraternidad San Pío X, concedida por una ley especial.
La HSSPX firmó un protocolo en 2016 basado en la versión anterior, lo presentó y Roma lo aceptó. Se anunció unos días más tarde, cuando, mientras tanto, el Cardenal Gerhard Müller (Prefecto de la CDF -Congregación para la Doctrina de la Fe-) concedió una entrevista pública (en "Herder Korrespondenz", junio, 2016) en la que básicamente dijo que se pediría a la HSSPX que firmara el documento original tal como estaba (y que a la HSSPX le parecía que no era lo suficientemente claro y podría dar la impresión de que estaba retrocediendo en su posición, aunque no era así). Era evidente que había una contradicción entre la posición manifestada por el Papa Francisco y por Mons. Guido Pozzo (Secretario de la CDF) en diversas ocasiones (en "La Croix", 7 de abril, 2016, "Zenit", 4 de julio, 2016 y "Christ und Welt", 28 de julio, 2016) y la del Cardenal Müller, que exigía la aceptación del documento original, similar al de 2012, con aceptación expresa de todo el Concilio Vaticano II y del Novus Ordo sin apenas matices. La HSSX se puso en contacto con Roma, y su contacto en Roma dijo que el Papa tenía las manos atadas porque el Cardenal había actuado sin su permiso y contradecirlo daría la impresión de luchas internas dentro de la Curia (lo que le obligaba a no desautorizarle), aunque les aseguró que la situación se resolvería en otro momento.
Por su parte, el Papa declaró en una entrevista con "La Croix" (16 de mayo, 2016), que antes de cualquier solución canónica para la HSSPX, era necesario tener "un acuerdo fundamental con ellos. El Concilio Vaticano II es importante." Esto significa que es un prerequisito un documento doctrinal. Posteriormente, durante su viaje de regreso de Fátima, el 13 de mayo de 2017, el Supremo Pontífice respondió a los periodistas en el avión: "La feria quarta de la Congregación para la Doctrina de la Fe... su reunión -le llaman feria quarta porque se lleva a cabo los miércoles- analizó un documento, y ese documento no ha llegado a mis manos. Yo lo analizaré." En otras palabras, una vez más, quedaba claro que era necesaria una declaración doctrinal antes de cualquier reconocimiento canónico.
Tras este cruce de declaraciones contradictorias, el 26 de junio de 2017, Monseñor Bernard Fellay, Superior General de la HSSPX, recibió una carta del Cardenal Müller, con fecha del 6 de enero de ese año (algo muy significativo), en la que el prelado alemán -con la aprobación del papa Francisco- enunció las condiciones necesarias para una declaración doctrinal, prerequisito indispensable para cualquier tipo de reconocimiento canónico de la Fraternidad. Las condiciones son tres:
- "Es necesario exigir a los miembros de la HSSPX adherirse a la nueva fórmula de la Professio fidei de 1988. En consecuencia, ya no es suficiente con que pronuncien la Professio fidei de 1962.
- El nuevo texto de la Declaración Doctrinal debe incluir un párrafo en el que los signatarios declaren explícitamente su aceptación de las enseñanzas del Concilio Vaticano II y de las del período post-conciliar, al otorgar a esas declaraciones doctrinales el grado de adhesión que les es debido.
- Los miembros de la HSSPX no solamente deben reconocer la validez, sino también la legitimidad del rito de la Santa Misa y de los sacramentos, de acuerdo con los libros litúrgicos promulgados después del Concilio Vaticano II."
El 30 de junio, Monseñor Fellay envió esta carta a todos los sacerdotes de la HSSPX, con la siguiente observación: "Nos encontramos nuevamente en una situación similar a la del 2012. Aunque Monseñor Pozzo, secretario de la Comisión Ecclesia Dei, haya empleado un lenguaje muy diferente el pasado mes de marzo respecto al criterio de catolicidad que se nos exigiría."
Tiempo después (el 2 de julio de 2017), el Cardenal Müller fue destituido de su cargo curial.
Mientras todo esto sucedía, el Papa concedió a la HSSPX las facultades universales para la confesión (más tarde también para el matrimonio, y, posteriormente, también para la ordenación y la competencia para el juicio canónico de la pena), la primera ya prevista por el Papa desde algún tiempo atrás, y las últimas según parece a modo de "compensación" por el fracaso de las negociaciones cuando ya estaba cerrado el acuerdo doctrinal, de forma que por la vía de los hechos la HSSPX veía regularizada la administración de todos los sacramentos (excepto el de la Confirmación).
Así, en una carta dirigida a Monseñor Rino Fisichella, presidente del Pontificio Consejo para la Promoción de la Nueva Evangelización, publicada el 1 de septiembre de 2015, antes del Jubileo, el Papa Francisco anunció que concedería a los sacerdotes de la HSSPX la autoridad de administrar el sacramento de la penitencia. Añadía que para el bien de estos fieles –por decisión propia ("per mia propria disposizione")– había determinado que aquellos que, durante ese Año Santo de la Misericordia, recibieran el sacramento de la penitencia de los sacerdotes de la HSSPX, recibirían válida y lícitamente ("validamente y lecitamente") la remisión de los pecados. Como resultado de este documento, desde el 8 de diciembre de 2015, es decir, desde el inicio del Jubileo, los sacerdotes de la HSSPX tienen la autorización expresa para absolver válida y lícitamente a los fieles en el sacramento de la penitencia (independientemente de que el estado de necesidad, conforme al Derecho Canónico, lo permitiera también anteriormente, sin una disposición oficial y expresa como esta).
El Papa Francisco volvió a abordar esta cuestión en la Carta Apostólica "Misericordia et misera" del 20 de noviembre de 2016, al concluir el Año Jubilar Extraordinario de la Misericordia. Recordó las normas dictadas para el Año Jubilar para que los fieles que asisten a las iglesias de la HSSPX ("ecclesias adeunt ubi sacerdotes Fraternitatis Sancti Pii X sacra celebrant") puedan recibir válida y lícita remisión sacramental de los pecados ("valide liciteque suorum peccatorum absoluem sacramentalem"). Entonces, justificándolo por el bien pastoral de estos fieles y confiando en la buena voluntad de sus sacerdotes, con la esperanza de recuperar la plena comunión eclesial, por decisión propia ("Nostra ipsorum deliberatione") decidió prorrogar esta autorización más allá del período jubilar ("decernimus ac statuimus hanc facultatem ultra iubilare tempus producere"). Esto debe durar hasta que se tomen nuevas decisiones sobre la materia ("usque ad nova hac de re mandata"), por lo que a fecha de hoy todo sigue igual.
La Santa Sede también decidió definir legalmente la posibilidad de conceder delegaciones para ayudar a la celebración del matrimonio de sacerdotes de la HSSPX por parte de los ordinarios locales, lo que se hizo en la carta de la Pontificia Comisión "Ecclesia Dei" del 27 de marzo de 2017 (Prot. N. 61/2010) dirigida a los presidentes de las conferencias episcopales.
El Cardenal Müller, después de todo este conflicto, se puso en contacto con la HSSPX y reconoció que la razón por la que actuó de la manera que lo hizo fue porque estaba intentando proteger "Summorum Pontificum", ya que, según él, si el acuerdo se hubiera llevado a cabo, ese documento habría sido suprimido y el cuidado de los tradicionalistas habría desaparecido y habrían sido entregados a la Prelatura Personal de la HSSPX. Naturalmente, esto hizo a la HSSPX volver a desconfiar totalmente de Roma, porque una condición de buena fe en la que siempre ha insistido la HSSPX es que todo sacerdote tenga derecho a celebrar la Misa tradicional, y la idea de ser engañados y luego utilizar ese engaño como excusa para suprimir ese derecho de todo sacerdote fue algo profundamente era algo inaceptable para la HSSPX.
Los contactos continuaron durante el resto del pontificado de Francisco, pero sin ningún movimiento concreto hacia una resolución del problema, ni tampoco un retroceso por parte de ninguna de las partes, sólo un prolongado mantenimiento del "status quo" desde 2017.
El 11 de julio de 2018 el Capítulo General de la HSSPX eligió como nuevo Superior General al Padre Davide Pagliariani, después del convulso último mandato de Mons. Fellay (que generó muchas disensiones internas por su forma de gestionar las conversaciones con Roma), dando inicio a un proceso de mayor tranquilidad y estabilidad en la situación tanto interna (de la HSSPX) como externa (respecto a las relaciones con Roma). Así, por ejemplo, se ha transmitido discretamente a Roma la necesidad de proceder a nuevas consagraciones episcopales (especialmente tras el fallecimiento de Mons. Tissier de Mallerais en 2024), a lo cual el Papa Francisco (según mis informaciones) se limitó a responder verbalmente: "Hagan lo que crean que deban hacer". Una respuesta informal y ambigua que al Padre Pagliariani no le pareció suficiente, por lo que ha insistido discretamente sin obtener hasta ahora una respuesta oficial y clara.
¿Cambiará algo con la elección de León XIV? No lo sé, pero hay algunos elementos que me hacen ser optimista y otros que me hacen ser pesimista. Entre los primeros, que León XIV es canonista (y los canonistas suelen ser personas rigurosas) y misionero (es decir, una persona práctica), lo que supone un perfil adecuado para buscar soluciones pragmáticas y al mismo tiempo serias que faciliten más la unidad que la discordia. Por el lado contrario, León XIV no deja de ser un papa "conciliar", imbuido de los principios del Concilio Vaticano II (del que dudo que acepte que contenga error alguno) y está en cierta medida influido/aconsejado por el Cardenal Raymond Leo Burke (más o menos tradicional -dentro de lo que se puede esperar de alguien que acepta el Concilio Vaticano II en su integridad-, pero al mismo tiempo muy hostil con la HSSPX, ya que, en línea con el Cardenal Müller, considera que todo lo que pueda beneficiar a la HSSPX perjudica a los grupos tradicionales de lo que fue "Ecclesia Dei"), lo cual entiendo que puede dificultar cualquier solución al problema doctrinal de fondo (que es el más importante y el que debe preceder a cualquier solución práctica o canónica con la HSSPX).
Actualmente lo más urgente es encontrar una solución al acuciante problema que tiene la HSSPX con la necesidad de consagrar nuevos obispos, ya que sólo cuenta con dos no sólo para las ordenaciones sacerdotales (lo más urgente), sino también para atender a sus fieles de todo el mundo (tienen que conferir el sacramento de la Confirmación cada varios años en los distintos países y prioratos, ya que es materialmente imposible hacerlo todos los años). León XIV parece una persona tranquila, que no toma decisiones apresuradas (en este sentido tiene un perfil similar al del Padre Pagliarani), así que quizá se tome algún tiempo más antes de responder a los requerimientos de la HSSPX. Si diera su permiso para las nuevas consagraciones episcopales, el avance sería enorme. Si no lo diera, el problema se enquistaría y, en el peor de los casos, incluso podría retroceder a la situación de 1988.
Quizá este mes de agosto de 2025, coincidiendo con la peregrinación de la HSSPX a Roma por el Jubileo (por vez primera introducida en el programa oficial del Vaticano, el día 21), sea una buena ocasión para que el Papa medite sobre todo esto y aproveche para estrechar relaciones con la HSSPX con vistas a solucionar un problema muy grave, aunque no tanto para dicha congregación, como, sobre todo, para toda la Iglesia, pues el problema real que subyace es ese (los errores del Concilio Vaticano II sobre ecumenismo, libertad religiosa y colegialidad, además de la reforma litúrgica post conciliar), más que el otro (los problemas canónicos de la HSSPX).
¿Qué nos deparará el futuro? Sólo Dios lo sabe.
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